El calendario de fiestas laborales de 2022 ha sido publicado.

La ley fija 14 días al año como períodos de descanso retribuidos y no recuperables. Dicho calendario recopila los doce festivos repartidos por comunidades autónomas más dos festivos locales fijados por cada municipio que se dan a conocer en el boletín oficial de la pertinente provincia o comunidad autónoma.

De cualquier modo, se han de respetar las fiestas nacionales:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
  • 25 de diciembre: Natividad del Señor.

Asimismo, conjuntamente a estas fiestas se han de determinar los festivos nacionales no sustituibles que han de respetar las comunidades autónomas, siendo para el año 2022:

  • 15 de abril: Viernes Santo.
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
  • 1 de noviembre: Todos los Santos.
  • 6 de diciembre: día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

En referencia al 6 de enero (Epifanía del Señor), es una fiesta nacional sustituible. Sin embargo, las comunidades autónomas no han ejercicio la facultad de sustitución. 

Las comunidades autónomas pueden reubicar al lunes los festivos que se den en domingo y también pueden fijar tres festivos, ya sea por tradición o bien teniendo en cuenta festivos nacionales sustituibles.