¿Quién aplicará la deducción por adquisición de vivienda?

En el caso de que un matrimonio esté beneficiándose en el IRPF de la deducción por adquisición de vivienda habitual y se separe, puede ocurrir que el juez imponga que el cónyuge que renuncia al hogar se deba seguir encargando de la totalidad de la hipoteca. En tales circunstancias, Hacienda normalmente es restrictiva y únicamente consiente que dicho cónyuge se aplique la deducción sobre el 50% de los pagos (por lo tanto, de conformidad con su porcentaje de propiedad en la vivienda, aun cuando pague el 100% del préstamo destinado a adquirirla).

Así pues, el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha precisado que en estas circunstancias el contribuyente que paga la totalidad de la hipoteca puede aplicarse el 100% de deducción, aunque únicamente sea titular de una parte del inmueble. Restringir la deducción implicaría un enriquecimiento inicuo para Hacienda, que estaría coartando un beneficio fiscal al cual tenía derecho el núcleo familiar con precedencia a la resolución judicial.

Nuestro equipo le prestará asesoramiento sobre las consecuencias fiscales derivadas de una eventual separación matrimonial.