Si eres residente en España y tienes bienes en el extranjero, es importante que conozcas los modelos 720 y 721, ya que son declaraciones informativas que debes presentar ante la Agencia Tributaria.

A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre estos modelos y cómo cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.

Modelo 720: Declaración sobre Bienes y Derechos Situados en el Extranjero (2024)

El modelo 720 es una declaración obligatoria para aquellos contribuyentes que, a 31 de diciembre de 2024, posean bienes o derechos en el extranjero cuyo valor conjunto supere los 50.000 euros.

¿Quién debe presentarlo? Están obligadas a presentarlo las personas que tengan:

  • Cuentas bancarias (por ejemplo, un depósito).
  • Valores (acciones, fondos de inversión, etc.).
  • Inmuebles en el extranjero.

Excepciones para contribuyentes que ya presentaron el modelo 720:
Si ya presentaste el modelo 720 en años anteriores, no es necesario que lo vuelvas a hacer, a menos que:

  • El valor de alguno de los grupos de bienes (cuentas, valores o inmuebles) haya aumentado en más de 20.000 euros.
  • Ya no seas titular o autorizado de alguno de los bienes previamente declarados.

Tipos de bienes a declarar en el modelo 720:

  1. Bienes inmuebles: Se deben detallar la identificación, localización, fecha de adquisición y valor de adquisición.
  2. Cuentas en entidades financieras: Incluir la denominación de la entidad bancaria, identificación de las cuentas, saldo a 31 de diciembre, entre otros datos.
  3. Valores, derechos, seguros y rentas: Deben informarse sobre valores, seguros y derechos gestionados u obtenidos en el extranjero.

Si realizas operaciones con entidades extranjeras que impliquen la tenencia de estos bienes o criptomonedas, también debes declarar esas operaciones mediante el Modelo 232.

Plazo de presentación del modelo 720: El plazo de presentación para la declaración correspondiente al ejercicio 2024 es del 1 de enero al 31 de marzo de 2025. Si por razones técnicas no pudieras presentarlo en este plazo, tienes un plazo adicional de 4 días naturales tras el cierre del mismo.

 

Modelo 721: Declaración sobre Monedas Virtuales Situadas en el Extranjero

A partir del ejercicio 2023, los residentes en España deben presentar el modelo 721 para informar sobre la tenencia de criptomonedas en el extranjero.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 721?

  • Personas físicas y jurídicas residentes en España.
  • Establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades no residentes.
  • Entidades sin personalidad jurídica como herencias o comunidades de bienes.

¿Quién está exento?

  • Entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades.
  • Aquellas entidades cuya contabilidad registre las criptomonedas de forma individualizada.
  • Titulares de criptomonedas cuyo saldo a 31 de diciembre no supere los 50.000 euros.
  • Aquellos que hayan presentado el modelo 721 en ejercicios anteriores, siempre que no haya un aumento superior a 20.000 euros en el saldo.

Información a incluir en el modelo 721:

  • Identificación de la entidad encargada de salvaguardar las claves criptográficas privadas.
  • Detalles de cada tipo de moneda virtual: identificación completa, saldos a 31 de diciembre, valoración en euros, entre otros.

Plazo de presentación y sanciones: El plazo de presentación del modelo 721 es del 1 de enero al 31 de marzo de 2025 para el ejercicio 2024. Las sanciones por no presentar el modelo 721 a tiempo son similares a las del modelo 720, con multas de 20 euros por cada dato o conjunto de datos no presentado, con un mínimo de 300 euros. Además, las sanciones por datos incompletos o incorrectos también pueden aplicarse.

 

Conclusión: Cumple con las Obligaciones Fiscales a Tiempo

La presentación de los modelos 720 y 721 es fundamental para evitar sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Si tienes bienes o criptomonedas en el extranjero, asegúrate de cumplir con estos plazos y de proporcionar la información correcta para evitar sorpresas desagradables. Recuerda que el plazo de presentación es hasta el 31 de marzo de 2025 para los ejercicios correspondientes a 2024.

Si tienes dudas sobre cómo presentar estos modelos o sobre tu situación fiscal, no dudes en consultarnos.