Miércoles 23 Septiembre 2026

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Canal de denuncias

Las empresas con 50 o más trabajadores deberán implantar un canal de denuncias.

Aquellas empresas de 250 empleados o más deben tener un canal de denuncias y, a partir del 17 de diciembre de 2023, aquellas empresas de 50 o más trabajadores también estarán en la obligación de implantarlo. 

El protocolo de denuncias ha de consentir y facilitar la denuncia de irregularidades por parte de los trabajadores de la entidad. De esta manera, si se impone alguna sanción a quien ejerza ese derecho, ese acto representará una vulneración de sus derechos fundamentales. 

En dicho protocolo se deberá incluir:

  • Los canales para recibir denuncias garantizando la confidencialidad del informante. Se debe prohibir el acceso al personal que no esté autorizado.
  • El nombramiento de la persona o del servicio competente para poder realizar el trámite correspondiente a la denuncia.
  • Información de fácil acceso y clara sobre los procedimientos que se deberán seguir.

Nuestros profesionales le informarán sobre esta nueva obligación que deben cumplir las empresas.

Ayudas para emprendedores

Las guías dinámicas brindan una gran ayuda para los emprendedores.

Para poder localizar información respecto los incentivos y ayudas para la creación de empresas que confiere la Unión Europea, las administraciones locales y autonómicas, el Estado y otros organismos públicos, la Dirección General de la Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa ha elaborado una guía dinámica en la que se presentan aquellas ayudas con plazo abierto de convocatoria

Aspectos a tener en cuenta respecto a la guía:

  • Se actualiza cada día.
  • Tiene un carácter estrictamente informativo. Consecuentemente, es oportuno que con anterioridad a la realización de cualquier trámite se comprueben los datos con el pertinente boletín oficial que facilita la guía.
  • Se organiza por sectores productivos y comunidades autónomas

Para encontrar las guías dinámicas es necesario acceder a la página web www.plataformapyme.es, pulsar Menú, y a continuación Ayudas públicas.

En Afirma Gestión, su asesoría de confianza, le asesoraremos sobre la tramitación para conseguir las ayudas y subvenciones que le correspondan y sobre cómo se deberá legitimar el destino de los fondos.

Financiación alternativa

Entra en vigor la normativa europea sobre  ‘crowdfunding’ (o financiación participativa).

El crowdfunding es una red de financiación colectiva que se utiliza para conectar empresas que necesitan financiación con inversores interesados en financiarlas ya sea mediante el otorgamiento de un préstamo o la compra de participaciones o acciones.

El proceso que se sigue es el siguiente:

  • La empresa presenta su propuesta a una plataforma de financiación que la investiga y determina su divulgación y promoción por un tiempo concreto, consiguiendo así que los potenciales inversores proporcionen fondos. Asimismo, si en el período de tiempo establecido no se recauda la cifra prevista, la plataforma reembolsa las aportaciones a los inversores.

Aspectos sobre el crowdfunding:

  • Brinda a los promotores más posibilidades (financiación vía adquisición de valores o vía préstamos)
  • Al suprimirse las comisiones de apertura y las comisiones por no disposición o por cancelación anticipada que normalmente aplica la banca, la financiación colectiva puede convertirse en más económico que la financiación bancaria.
  • Es ágil, seguro y sin la burocracia de la financiación bancaria.

Calendario de fiestas laborales 2022

El calendario de fiestas laborales de 2022 ha sido publicado.

La ley fija 14 días al año como períodos de descanso retribuidos y no recuperables. Dicho calendario recopila los doce festivos repartidos por comunidades autónomas más dos festivos locales fijados por cada municipio que se dan a conocer en el boletín oficial de la pertinente provincia o comunidad autónoma.

De cualquier modo, se han de respetar las fiestas nacionales:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
  • 25 de diciembre: Natividad del Señor.

Asimismo, conjuntamente a estas fiestas se han de determinar los festivos nacionales no sustituibles que han de respetar las comunidades autónomas, siendo para el año 2022:

  • 15 de abril: Viernes Santo.
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
  • 1 de noviembre: Todos los Santos.
  • 6 de diciembre: día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

En referencia al 6 de enero (Epifanía del Señor), es una fiesta nacional sustituible. Sin embargo, las comunidades autónomas no han ejercicio la facultad de sustitución. 

Las comunidades autónomas pueden reubicar al lunes los festivos que se den en domingo y también pueden fijar tres festivos, ya sea por tradición o bien teniendo en cuenta festivos nacionales sustituibles.

Base de datos de subvenciones

Utilícela para conocer posibles ayudas para su empresa.

Muchas empresas desconocen la existencia de subvenciones y ayudas para realizar determinadas inversiones o desarrollar determinadas actividades.

Pues bien, existe una Base de Datos Nacional de Subvenciones en la que aparecen todas las convocatorias de subvenciones que conceden las administraciones (estatales, autonómicas y municipales):

  • En dicha base accederá a un buscador que le permitirá localizar las subvenciones según el organismo concedente, el tipo de beneficiario que la puede solicitar (empresa, persona física...) o la actividad subvencionada.
  • También puede darse de alta en un servicio de alertas, para que le avisen de nuevas subvenciones que puedan ser de su interés.
  • Asimismo, podrá consultar a quién le ha sido concedida una subvención, introduciendo el DNI o denominación social del beneficiario.

Puede acceder a dicha base de datos en la dirección web https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias.

Recuerde que nuestro despacho puede ayudarle en las gestiones necesarias para solicitar la subvención correspondiente, así como a la hora de justificar el destino de los fondos recibidos.

Solicitud de traslado voluntario

No es obligatorio concederla, excepto en algunos supuestos.

Las empresas no tienen obligación de aceptar una petición de traslado voluntario (salvo lo que establezca el convenio y algunos casos previstos en la ley –trabajadores víctimas de violencia de género, por ejemplo–). Por tanto:

  • Si la empresa lo acepta, se estará a lo que se pacte entre empresa y trabajador (no es necesario acreditar las causas del traslado, ni que haya un preaviso, ni existe el derecho del trabajador a que le sean sufragados los gastos de traslado).
  • En el caso de denegación, no se genera el derecho del trabajador a rescindir su contrato con la indemnización de 20 días por año de servicio con el límite de 12 mensualidades.

En todo caso, existe alguna sentencia que considera que el cambio de centro también es una medida adecuada para conciliar la vida laboral y familiar. Por tanto, en caso de trabajadores con hijos menores de 12 años que soliciten un cambio de centro, la denegación deberá estar suficientemente fundamentada (por ejemplo, porque no existen vacantes en el centro solicitado).

Sea flexible si algún trabajador o trabajadora le solicita un cambio de centro para mejorar la conciliación entre su vida laboral y su vida familiar.

Nuestro departamento laboral le asesora sobre los derechos y deberes que se derivan de las relaciones laborales con sus empleados.

Menores de edad

No pueden ser responsables por actos de sus progenitores.

Hay contribuyentes que “traspasan” patrimonio a sus hijos para evitar que Hacienda los embargue (con una donación o una compraventa simulada, por ejemplo), o que utilizan cuentas de sus hijos para canalizar sus operaciones y evitar el embargo de los saldos.

En estos casos, es habitual que Hacienda califique a los hijos como “colaboradores necesarios” del fraude y los declare responsables solidarios de la deuda. Pero el Tribunal Supremo considera que si los hijos son menores de edad, esta práctica no es correcta:

  • No cabe trasladar o extender la responsabilidad fiscal a un menor cuando el negocio jurídico en virtud del cual se pretende la ocultación o transmisión lo ha realizado su representante legal (aunque dicho representante haya actuado por cuenta del menor y sea éste el beneficiado).
  • No puede atribuirse esa responsabilidad a quien, por ser menor, es legalmente inimputable y carece legalmente de capacidad de obrar.

El Tribunal Supremo ha fallado en contra de Hacienda, de forma que ésta no puede declarar responsables a los menores de edad por los actos realizados por sus progenitores.

Nuestros profesionales pueden asesorarle en cualquier tipo de conflicto que pueda tener con la Administración de Hacienda.

Notificaciones en papel

¿Cómo actuar si se la remiten durante las vacaciones?

Las personas físicas pueden recibir notificaciones de Hacienda en papel. Y si dichas notificaciones son recogidas por el portero de la finca, por un empleado del hogar o por un familiar, se consideran válidas si se cumplen los siguientes requisitos:

  • En el documento que acredite la notificación debe constar la identidad de la persona que la ha recogido.
  • Asimismo, es preciso que el destinatario tenga constancia de la notificación. Aunque este requisito se presume cumplido por el hecho de que un familiar o el portero la haya recogido, dicha presunción admite prueba en contra.

Si el portero o el familiar rehúsan recoger la notificación, ésta no se entiende realizada, y Hacienda deberá hacer un segundo intento de notificación. Esto no sucede si quien rehúsa la notificación es el propio interesado, en cuyo caso ésta se entiende realizada a todos los efectos.

Si recibe alguna notificación de Hacienda, nuestros profesionales del área fiscal le informarán sobre la mejor forma de actuar.

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