Domingo 30 Noviembre 2025

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Antes de cancelar la hipoteca…

Si estás aplicando la deducción por vivienda habitual en el IRPF, quizá no te interese amortizar anticipadamente.

Para muchos contribuyentes que compraron su vivienda habitual antes de 2013, la hipoteca no es solo un préstamo: también es la llave para disfrutar de la deducción por adquisición de vivienda habitual en el IRPF. Este beneficio fiscal permite desgravar cada año una parte de las cantidades pagadas por la hipoteca, lo que supone un ahorro significativo.

Con el paso del tiempo, especialmente cuando la situación económica mejora o se reciben ingresos extraordinarios, es habitual plantearse liquidar el préstamo antes de tiempo. A primera vista, parece una decisión lógica: se reducen intereses y se libera capacidad financiera. Sin embargo, la amortización anticipada puede no ser tan ventajosa cuando existe derecho a deducción.

¿Por qué conviene pensarlo dos veces?

Aunque cancelar anticipadamente la hipoteca reduce los intereses que seguirías pagando, también implica renunciar a la deducción del IRPF, que en muchos casos supone un ahorro anual muy relevante.

En situaciones en las que el préstamo está ya bastante avanzado y quedan pocos años por pagar, la diferencia puede ser notable: lo que se pierde al dejar de aplicar la deducción supera en ocasiones los intereses que te ahorrarías con la cancelación.

Y aún hay más: muchos bancos aplican comisiones por amortización anticipada, un coste extra que también debe entrar en la ecuación.

Por tanto, no se trata solo de “cuánto me ahorro en intereses”, sino de “cuánto dejaré de ahorrar en impuestos”. Un análisis completo puede llevar a conclusiones muy distintas de las que a simple vista parecen evidentes.


Conclusión

Antes de tomar una decisión tan importante como cancelar tu hipoteca anticipadamente, es imprescindible comparar el ahorro fiscal que perderías con los intereses que dejarías de pagar. Solo así podrás saber si realmente te compensa. Cada caso es distinto, y un estudio personalizado puede evitar decisiones precipitadas que terminen siendo más costosas de lo esperado.

Nuestros profesionales pueden calcular tu escenario concreto y ayudarte a determinar qué opción es la más ventajosa para ti.

Acceso al ordenador

El ordenador de empresa puede ser revisado si existen sospechas de uso indebido

En cualquier organización, los equipos informáticos asignados a los empleados son herramientas de trabajo, y como tales, la empresa puede controlar su uso siempre que existan sospechas razonables de irregularidades. Este control, no obstante, debe ejercerse con prudencia y respetando en todo momento el derecho a la intimidad del trabajador.

Cuando la empresa sospecha que un empleado utiliza su ordenador corporativo para fines personales o en contra de las normas internas, puede revisarlo para comprobarlo y adoptar las medidas oportunas —como una suspensión o incluso un despido—. Sin embargo, este control no es ilimitado: no puede accederse a carpetas personales, cuentas privadas ni a información estrictamente íntima. El objetivo debe ser exclusivamente verificar el cumplimiento de las obligaciones laborales.

El triple juicio de proporcionalidad

Los tribunales exigen que cualquier control informático cumpla tres requisitos esenciales:

1. Justificación

La empresa debe acreditar una razón legítima para realizar la comprobación: bajo rendimiento, incumplimiento de órdenes o indicios claros de uso inapropiado. Debe quedar constancia de que el control es necesario y que no hay otro modo de verificar los hechos.

2. Proporcionalidad

El acceso debe limitarse únicamente a la información necesaria para contrastar las sospechas. Por ejemplo, revisar el disco duro donde se almacena documentación corporativa, sin explorar archivos personales ni espacios cuya privacidad esté protegida.

3. Respeto a la privacidad

Si la empresa detecta que el trabajador ha accedido a una nube personal o tiene su correo privado abierto, no puede entrar en esas cuentas sin autorización expresa.

Información previa al trabajador

Para evitar conflictos, la empresa debe haber informado previamente al empleado de que se reserva el derecho a comprobar el uso de los dispositivos de trabajo: ordenadores, móviles corporativos, correo electrónico, etc.
Este aviso, normalmente incluido en la política interna de uso de recursos digitales, permite a la empresa verificar el correcto funcionamiento de los equipos y detectar posibles incumplimientos.

Por ello, se recomienda regular por escrito estas normas y comunicar claramente las consecuencias disciplinarias derivadas de su incumplimiento.


Conclusión

El control del ordenador corporativo es legítimo, pero debe aplicarse de forma justificada, proporcional y respetuosa con la intimidad. Informar previamente al trabajador y limitar el acceso a lo estrictamente necesario protege tanto a la empresa como al empleado, y garantiza que cualquier investigación interna se realice con pleno respeto a la legalidad.

Una política clara y bien comunicada evita conflictos y ofrece un marco seguro para gestionar situaciones de sospecha o uso inadecuado de los recursos informáticos.

Fechas de cobro y pago

¿Cómo influyen realmente en la salud financiera de su empresa?

En la gestión diaria de una empresa, negociar con clientes y proveedores va mucho más allá del precio de los productos o servicios. Las fechas de cobro y pago se convierten en un elemento clave que puede afectar directamente a la liquidez y al equilibrio financiero del negocio.

Con frecuencia, los empresarios deben comparar distintas situaciones: un cliente que paga al contado, pero con un pequeño descuento, frente a otro que paga a 30 días, aunque con un precio algo más alto. Detrás de cada decisión hay un coste financiero oculto que conviene analizar con precisión.

Comparar para decidir mejor

Cuando los plazos de cobro se alargan, el negocio necesita más recursos para cubrir el desfase entre los pagos a proveedores y el dinero que entra por las ventas. Si una empresa recurre a una póliza de crédito para mantener su actividad, ese tiempo adicional tiene un coste financiero, que puede convertirse en un gasto relevante a medio plazo.

Nuestros profesionales recomiendan evaluar siempre las condiciones comerciales de clientes y proveedores con una visión global, que contemple tanto el precio como el impacto financiero del plazo de cobro.

Un ejemplo práctico

Imaginemos una empresa que factura 1.500.000 euros al año (1.815.000 con IVA) y tiene un plazo medio de cobro de 30 días. Esto significa que mantiene 151.250 euros pendientes de cobro de media.

Si su principal cliente —que representa el 30% de la facturación total— decide pagar a 35 días en lugar de 30, el saldo medio pendiente subirá a 158.812 euros.
Esa diferencia de 7.562 euros genera un coste financiero adicional, que, con un 5% de interés, supone unos 378 euros al año.

Aunque pueda parecer una cifra pequeña, al acumularse varios casos similares, el impacto global en la tesorería puede ser significativo.


Conclusión

Las fechas de cobro y pago son mucho más que un detalle contractual: afectan directamente a la liquidez y a la rentabilidad.
Un pequeño cambio en los plazos puede alterar la necesidad de financiación y aumentar los costes financieros sin que apenas se perciba.

Por eso, antes de cerrar un acuerdo comercial, resulta esencial valorar no solo el precio, sino también el cuándo. Una buena gestión de los plazos puede marcar la diferencia entre una empresa con estabilidad financiera y otra siempre al límite de su tesorería.

Recursos contra las sanciones

Pueden interponerse aunque la liquidación principal sea firme

Cuando Hacienda emite una liquidación, el contribuyente dispone de un mes de plazo para recurrirla.
Si no lo hace en ese tiempo, la liquidación se considera firme y, en principio, ya no puede presentarse recurso alguno (salvo casos muy excepcionales).

Sin embargo, esto no impide recurrir las sanciones que puedan derivarse de esa liquidación, ya que suelen notificarse más tarde y tienen su propio procedimiento.
Incluso aunque el contribuyente haya aceptado la liquidación principal, las sanciones asociadas pueden impugnarse de forma independiente en el momento en que se notifiquen.

Liquidación y sanción: dos actos distintos

Es fundamental entender que la liquidación y la sanción son actos administrativos diferentes.
Por tanto, el hecho de no haber recurrido la liquidación no implica que se pierda el derecho a impugnar la sanción.

Las consecuencias jurídicas de cada acto son autónomas: mientras la liquidación determina la deuda tributaria, la sanción responde a un posible incumplimiento de las obligaciones fiscales.

Suspensión del pago de la sanción

A la hora de recurrir una sanción, el contribuyente puede solicitar la suspensión del pago sin necesidad de aportar aval o garantía, algo que sí sería exigible en otros tipos de recursos.
En estos casos, la recaudación queda suspendida automáticamente desde el momento en que se presenta el recurso, hasta que la Administración resuelva.

Plazo para impugnar

Cuando la liquidación proviene de una inspección, el plazo de notificación de la sanción se considera iniciado un mes después de la firma del acta correspondiente, incluso aunque no se haya recibido comunicación adicional por parte del inspector.
A partir de esa fecha comienza a contar el mes disponible para interponer el recurso.


Conclusión

Recibir una sanción tributaria no significa que todo esté perdido.
Aunque la liquidación principal haya adquirido firmeza, las sanciones derivadas pueden impugnarse de manera independiente, permitiendo al contribuyente defender sus derechos y evitar sanciones improcedentes.

La clave está en actuar dentro del plazo y contar con el asesoramiento adecuado para valorar la viabilidad del recurso y sus posibles efectos en la deuda tributaria.

Reparto de bienes en la herencia

Cuantos más beneficiarios, menor es la tributación

A la hora de planificar una herencia, uno de los objetivos más habituales es reducir el impacto fiscal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
Una estrategia eficaz para lograrlo consiste en incluir a más personas en el testamento, siempre respetando la legítima correspondiente a los herederos forzosos —habitualmente, los hijos—.

Una estrategia que puede ahorrar impuestos

Cuando los hijos ya cuentan con una situación económica estable, se puede valorar incluir también a los nietos como beneficiarios. Por ejemplo, el testador puede dejarles determinados bienes o la nuda propiedad de algunos de ellos, manteniendo el uso y disfrute para los hijos.

Esta fórmula, además de favorecer el reparto del patrimonio entre varias generaciones, reduce la carga fiscal global de la herencia.

¿Por qué se paga menos?

El motivo es sencillo: el Impuesto sobre Sucesiones es progresivo.
Cuanto mayor es el valor total heredado por una persona, más alto es el tipo impositivo que se le aplica.
Por tanto, si la herencia se reparte entre un número mayor de beneficiarios, cada uno recibirá una parte más pequeña del patrimonio y, en consecuencia, tributará a un tipo más bajo.

Además, las reducciones por parentesco se aplican individualmente a cada heredero.
Esto significa que si se incluyen más beneficiarios dentro del mismo grupo familiar (por ejemplo, hijos y nietos), las reducciones totales aumentarán y una parte más significativa de la herencia quedará exenta de tributación.

Ventajas adicionales

Repartir los bienes entre distintas generaciones no solo supone un ahorro fiscal; también puede ser una forma eficiente de planificar el patrimonio familiar a largo plazo, garantizando una mejor distribución y evitando conflictos futuros entre herederos.

Nuestros profesionales recomiendan simular los costes fiscales de la herencia con antelación para conocer el impacto del Impuesto sobre Sucesiones y estudiar posibles vías de optimización antes del fallecimiento del titular.


Conclusión

La clave para reducir la tributación en una herencia está en planificar con tiempo y con asesoramiento especializado.
Incluir a más beneficiarios, diversificar los bienes y aplicar correctamente las reducciones por parentesco puede suponer una diferencia significativa en el importe del impuesto.

En definitiva, una buena planificación sucesoria no solo alivia la carga fiscal de los herederos, sino que también asegura una transmisión patrimonial más justa, ordenada y eficiente.

Firmó un precontrato

Qué debe saber si desea anular la contratación de un empleado con el que ya firmó un precontrato

El precontrato laboral es un acuerdo en el que ambas partes —empresa y trabajador— se comprometen a formalizar un contrato de trabajo en una fecha futura. Aunque el empleado aún no haya comenzado a prestar servicios, este documento genera obligaciones reales y exigibles para ambas partes.

Por ello, si la empresa encuentra a otro candidato más adecuado y decide dejar sin efecto ese precontrato, el trabajador afectado podría reclamar una indemnización por daños y perjuicios, siempre que el incumplimiento le haya causado un perjuicio real y acreditable.

¿Existe una indemnización concreta?

La ley no fija una cuantía exacta para este tipo de indemnización, ya que no se trata de un despido. Cada caso debe valorarse individualmente, atendiendo a factores como:

  • el salario pactado

  • el tiempo que el trabajador permanecerá sin empleo hasta encontrar otro puesto

  • o los gastos que haya tenido (si puede justificarlos).

En cualquier caso, el trabajador dispone de un año de plazo para reclamar los daños derivados del incumplimiento.

Cuándo puede la empresa dejar sin efecto el precontrato

Existen situaciones en las que la empresa puede rescindir válidamente un precontrato, si se producen circunstancias imprevistas que alteran de manera sustancial lo inicialmente pactado. Algunos ejemplos son:

  • Si el trabajador había firmado un precontrato para un puesto de alta responsabilidad (como directivo o gerente) y posteriormente es condenado por estafa o por otro delito económico.

  • Si el trabajador queda inhabilitado para ejercer su profesión por sentencia o resolución administrativa (por ejemplo, un abogado al que se le suspende la colegiación).

  • Si la empresa descubre que el candidato ocultó información relevante o presentó datos falsos en su currículum, como títulos o referencias manipuladas, o si existían sanciones disciplinarias graves no declaradas.


Conclusión

El precontrato no es un simple compromiso informal: tiene valor jurídico y fuerza obligatoria. Su incumplimiento puede generar una indemnización si se demuestra un perjuicio real.
Por tanto, antes de retractarse, la empresa debe actuar con prudencia, evaluar las circunstancias y, en su caso, documentar adecuadamente las causas que justifican la anulación.

De este modo, podrá proteger sus intereses sin vulnerar los derechos del trabajador, manteniendo la seguridad jurídica y la transparencia en los procesos de contratación.

Subidas de convenio

¿Puede la empresa aplicar la compensación y absorción?

Cuando se actualizan las tablas salariales de un convenio colectivo, es habitual que surja la duda: ¿qué ocurre con los trabajadores que ya perciben un salario superior al establecido?
En estos casos entra en juego una figura clave del derecho laboral: la compensación y absorción salarial.

¿Qué significa compensar y absorber una subida?

La compensación y absorción permite a la empresa neutralizar el incremento salarial fijado en el nuevo convenio, descontándolo del exceso que los empleados ya venían percibiendo por encima de lo pactado.
En la práctica, esto significa que si el trabajador cobra más de lo que marca el nuevo convenio, la empresa no está obligada a aplicar un nuevo aumento, puesto que la diferencia existente ya compensa la subida.

Este mecanismo busca mantener una coherencia entre los salarios reales y las mejoras derivadas del convenio, evitando duplicar incrementos y garantizando un trato justo y equilibrado entre empresa y plantilla.

¿Qué ocurre si la empresa no lo había aplicado hasta ahora?

En algunas organizaciones, por decisión o costumbre, se han venido aplicando las subidas de convenio cada año sin aplicar la compensación y absorción.
Sin embargo, la empresa puede empezar a hacerlo a partir de ahora, siempre que no haya expresado una renuncia explícita o consolidado una “condición más beneficiosa” para los trabajadores.

Por ejemplo, si la empresa comunicó en su momento que mantendría todos los complementos sin compensar ni absorber, o si lo ha venido haciendo de forma reiterada y voluntaria, deberá respetar esa práctica como parte de las condiciones laborales consolidadas.

Un derecho reconocido por la ley

La compensación y absorción está expresamente contemplada en la legislación laboral española. Se trata de un derecho que la empresa puede ejercer, incluso tras varios años sin haberlo aplicado, salvo que exista una renuncia formal o un acuerdo en contrario.

Además, conviene recordar que no es necesario justificar causas económicas, técnicas o productivas para aplicarlo. La empresa puede hacerlo de manera legítima y directa, sin necesidad de alegar razones adicionales.


Conclusión

La compensación y absorción es una herramienta legal que permite armonizar los incrementos salariales derivados del convenio colectivo con la realidad salarial de la empresa.
Su correcta aplicación evita desequilibrios, garantiza la sostenibilidad de la política retributiva y respeta los derechos de los trabajadores.

En definitiva, se trata de un mecanismo que, lejos de suponer una pérdida para el empleado, favorece la transparencia y la coherencia en la gestión de los salarios, permitiendo a las empresas mantener la competitividad sin vulnerar las normas laborales.

Ser “gran tenedor”: implicaciones fiscales y consideraciones clave

Un nuevo foco de atención en la fiscalidad inmobiliaria

La figura del gran tenedor ha cobrado protagonismo en los últimos años dentro del ámbito fiscal y de la vivienda. Cada vez más administraciones locales y autonómicas introducen medidas específicas para gravar la tenencia de grandes carteras inmobiliarias, especialmente en zonas declaradas tensionadas.
Conocer las implicaciones fiscales de esta condición resulta esencial para optimizar la carga tributaria y evitar costes inesperados.

¿Quién se considera “gran tenedor”?

Se entiende por gran tenedor a toda persona física o jurídica que cumpla alguna de las siguientes condiciones:

  • Poseer más de diez inmuebles urbanos de uso residencial (se excluyen locales, oficinas, garajes y trasteros).

  • Contar con una superficie construida conjunta superior a 1.500 m² destinada a uso residencial.

  • En zonas tensionadas, el umbral puede reducirse a cinco o más viviendas.

Cuando las propiedades se encuentran en copropiedad o solo se ostenta el usufructo, las normas de cómputo pueden resultar más favorables, reduciendo el número de inmuebles computables.

Principales implicaciones fiscales

1. Recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

Los ayuntamientos tienen la facultad de aplicar un recargo de hasta el 50% en el IBI a aquellos propietarios que mantengan viviendas desocupadas de forma continuada y sin causa justificada durante más de dos años, siempre que sean titulares de cuatro o más viviendas.

2. Tipo incrementado en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP)

Algunas comunidades autónomas han aprobado un tipo de gravamen más alto en el ITP cuando el comprador de una vivienda de segunda mano es un gran tenedor y el inmueble se ubica en una zona tensionada.
No obstante, esta medida no es de aplicación general, por lo que conviene revisar la normativa autonómica antes de cada operación.

Conclusión

Ser considerado gran tenedor no solo refleja la dimensión patrimonial de un contribuyente, sino que también implica nuevas obligaciones fiscales y una supervisión más intensa por parte de las administraciones.

Ante este escenario, es fundamental realizar un análisis fiscal previo y una planificación patrimonial rigurosa, valorando el impacto de los recargos municipales y las medidas autonómicas.
Una estrategia bien diseñada permitirá minimizar la presión fiscal, garantizar el cumplimiento normativo y mantener la rentabilidad de las inversiones inmobiliarias en un entorno cada vez más regulado.

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