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Tras el apagón del 28 de abril… ¿Qué daños cubre el seguro?

El pasado 28 de abril de 2025, un inesperado apagón dejó sin suministro eléctrico a millones de personas durante horas. Las consecuencias fueron inmediatas: pérdidas estimadas en más de 1.600 millones de euros para pymes y autónomos. Aunque se trató de un evento imprevisible, su impacto ha sido profundo, y pone de relieve la necesidad de estar preparados tanto desde el punto de vista legal como operativo y financiero.

 

  1. ¿Qué cubre tu póliza de seguros?

La mayoría de las pólizas multirriesgo de comercio o industria incluyen la cobertura de “daños eléctricos”, lo que implica:

  • Reparación o reposición de aparatos eléctricos dañados.
  • Indemnización por productos perecederos deteriorados (siempre que esta cobertura esté incluida o contratada como adicional).

En cuanto a la cobertura de “lucro cesante”, es posible que la aseguradora no cubra las pérdidas del propio día del apagón si lo considera “fuerza mayor”. No obstante, sí debe cubrir los días siguientes si los daños impiden reabrir el negocio.

 

  1. Documenta los daños: la clave de la reclamación

Para reclamar cualquier pérdida, deberás acreditar los daños sufridos con documentación válida:

  • Fotografías.
  • Facturas.
  • Informes técnicos.
  • Documentos que demuestren la relación causal entre el apagón y el daño.

 

  1. ¿Qué puedes reclamar legalmente?

Según el artículo 1.106 del Código Civil español, es posible reclamar tanto:

  • Daño emergente: pérdidas materiales como alimentos estropeados o equipos dañados.
  • Lucro cesante: beneficios dejados de percibir por la interrupción de la actividad.

 

Dependiendo del origen del apagón, se puede seguir una u otra vía:

  1. a) Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública

Si se demuestra que el apagón es atribuible a la Administración (y no se declara fuerza mayor), se podrá reclamar mediante esta vía. Requiere:

  • Escrito detallado con los hechos y las pruebas.
  • Informe pericial.
  • Reclamación en un plazo máximo de 1 año (hasta el 28 de abril de 2026).
  1. b) Indemnización por calidad de servicio eléctrico

Si el apagón se relaciona con deficiencias en el servicio eléctrico (contrato PVPC, fallos del distribuidor…), puede reclamarse una indemnización administrativa conforme al RD 1955/2000. Plazo de resolución: 3 meses. El silencio administrativo es desestimatorio, pero permite acudir a los tribunales.

 

  1. ¿Y las pólizas por interrupción de actividad?

Desde la pandemia, muchas empresas han contratado seguros específicos de interrupción de actividad, que podrían cubrir:

  • Pérdida de ingresos netos.
  • Gastos fijos durante la inactividad.
  • Costes extraordinarios para mantener la actividad.

Hay un plazo de 7 días para comunicar el siniestro a la aseguradora (salvo ampliaciones en póliza).

 

  1. Otras alternativas a explorar

Además de las reclamaciones directas, considera:

  • Subvenciones estatales o autonómicas por emergencia.
  • Incentivos fiscales temporales (como la ampliación de plazos de declaraciones fiscales).
  • Líneas ICO de crédito o avales para aliviar la tesorería.
  • Renegociación con proveedores para flexibilizar pagos o condiciones comerciales.

 

  1. Plan de contingencia: una necesidad, no una opción

El apagón es un claro ejemplo de por qué toda pyme o autónomo debe contar con un Plan de Contingencia. Este documento estratégico permite anticiparse a crisis y minimizar su impacto. Su contenido esencial incluye:

  • Identificación y análisis de riesgos.
  • Definición de recursos críticos y prioridades.
  • Protocolos de actuación ante cada tipo de riesgo.
  • Estrategias financieras de emergencia.
  • Planificación de la gestión de personal.
  • Evaluación continua del plan y su actualización.

 

¿Necesitas ayuda para reclamar tus pérdidas o desarrollar tu plan de contingencia? Nuestro equipo está a tu disposición para ayudarte a proteger tu negocio, hoy y mañana.

Ingresos por Alquileres: Lo que Debes Saber para No Perder Beneficios Fiscales

Muchos propietarios de viviendas en alquiler aún dudan sobre si declarar estos ingresos en su declaración del IRPF. Sin embargo, no hacerlo puede salir caro. Además de exponerse a sanciones, se pierde el acceso a importantes reducciones fiscales.

 

No Declarar Puede Salirte Muy Caro

Los rendimientos procedentes del alquiler de viviendas tienen una reducción general del 50% en el IRPF, por lo que solo se tributa por la mitad del beneficio obtenido. Incluso, si el contrato se firmó antes del 26 de mayo de 2023, esa reducción asciende al 60%.

No obstante, si no declaras esos ingresos y es Hacienda quien los detecta, se pierde por completo esa reducción, y deberás tributar sobre el 100% de los rendimientos. Además, podrías enfrentarte a sanciones adicionales, lo que supone una doble penalización que es mejor evitar.

 

¿Cómo Detecta Hacienda los Alquileres No Declarados?

Aunque se trate de acuerdos entre particulares, Hacienda dispone de medios para detectar los alquileres no declarados:

  • Si el inquilino declara el domicilio como su vivienda habitual, esa información llega directamente a la Agencia Tributaria.
  • Las compañías eléctricas informan sobre los consumos de las viviendas, lo que permite a Hacienda saber si una vivienda está ocupada o no.

 

Requisitos para Aplicar la Reducción Fiscal por Alquiler

Para disfrutar de la reducción del 50%, 60%, 70% o incluso el 90% en los rendimientos del alquiler (según el caso), es necesario cumplir una serie de requisitos:

  1. Ser residente en España

Debes ser contribuyente del IRPF. Si no lo eres, deberás declarar mediante el IRNR (modelo 210), sin derecho a reducción.

  1. Destino de la vivienda: uso permanente

La vivienda debe estar alquilada como residencia habitual del inquilino. Quedan excluidos:

  • Apartamentos vacacionales
  • Alquileres a estudiantes o profesores durante solo el curso escolar

 

  1. Que se trate de rendimientos del capital inmobiliario

Solo puedes aplicar la reducción si los ingresos se consideran rendimientos del capital inmobiliario. No se aplica si se considera una actividad económica, algo que solo sucede si gestionas múltiples inmuebles y tienes personal contratado a jornada completa para ello.

 

  1. Declarar las rentas correctamente

Las rentas deben incluirse en tu declaración del IRPF y antes de que Hacienda inicie un procedimiento de comprobación. Si se detecta antes, pierdes el derecho a aplicar la reducción.

 

  1. Límites de precio en zonas tensionadas

Para contratos formalizados a partir del 26 de mayo de 2023, y si el inmueble se encuentra en una zona residencial tensionada, el precio del alquiler:

  • No debe superar el precio de la última renta del contrato anterior actualizado
  • Puede incrementarse hasta un 10% solo en ciertos casos (rehabilitación, mejoras energéticas o contratos de larga duración)

 

Conclusión

Declarar los ingresos por alquiler no solo te mantiene dentro de la legalidad, sino que además te permite beneficiarte de importantes reducciones fiscales. No asumir esta obligación puede tener consecuencias económicas significativas.

Antes de presentar tu declaración, asegúrate de:

  • Cumplir todos los requisitos
  • Tener claro el destino del inmueble
  • Ajustarte a las condiciones de reducción fiscal

Si tienes dudas o necesitas asesoramiento, te recomendamos acudir a nuestros profesionales fiscales.

¿Qué gastos son deducibles en las atenciones a clientes y promociones?

A la hora de confeccionar el Impuesto sobre Sociedades, muchas empresas se preguntan qué gastos pueden deducirse fiscalmente y cuáles no. Uno de los aspectos que más dudas genera es el de las liberalidades, es decir, aquellas entregas de bienes o servicios que se realizan sin una contraprestación directa.

Por norma general, estos gastos no son deducibles, pero existen excepciones muy importantes que conviene conocer.

 

Atenciones a clientes y proveedores: con límite

Los gastos realizados por atenciones a clientes o proveedores (por ejemplo, comidas de trabajo) sí son deducibles, pero con un límite:

          No deben superar, en conjunto, el 1% de la cifra de negocios del ejercicio.

El exceso sobre este porcentaje no será fiscalmente deducible, y la empresa deberá realizar un ajuste extracontable positivo en su declaración.

 

Atenciones a trabajadores: sin límite, pero con matices

También se consideran deducibles los gastos por atenciones a empleados, siempre que se ajusten a los usos y costumbres del sector (por ejemplo, cestas de Navidad). En este caso:

  • No hay un límite cuantitativo para su deducción.
  • Sin embargo, estos gastos se consideran retribución en especie para el trabajador, por lo que la empresa deberá practicar el correspondiente ingreso a cuenta del IRPF.

 

Promociones y publicidad: deducibles sin límite

Uno de los errores más comunes es confundir los gastos de promoción con una liberalidad.

¡Atención! Los gastos promocionales o publicitarios no son una liberalidad y son deducibles sin límite. 

Por ejemplo, si tu empresa entrega a sus clientes obsequios de escaso valor con fines promocionales (merchandising, regalos publicitarios, etc.), dichos gastos serán plenamente deducibles sin aplicar el límite del 1% que sí afecta a las atenciones a clientes.

 

Gastos correlacionados con ingresos

Otra categoría importante son aquellos gastos correlacionados con los ingresos, aunque no haya una relación directa e inmediata.

 

Ejemplo práctico:

Una empresa que envía a varios directivos al extranjero para explorar nuevas oportunidades de negocio puede deducirse los gastos de viaje, incluso si no se generan ingresos a corto plazo, ya que dichos gastos están dirigidos a mejorar el resultado futuro de la empresa.

 

Apunte final

A la hora de declarar el Impuesto sobre Sociedades, es fundamental revisar cuidadosamente todos los gastos y clasificarlos correctamente. Incluir gastos no deducibles como si lo fueran puede suponer ajustes extracontables positivos o incluso sanciones por parte de Hacienda.

En caso de duda, siempre es recomendable consultar con nuestros asesores fiscales especializados.

Cautelas ante el Despido: Requisitos Legales y Cómo Evitar la Nulidad

Cuando se toma la decisión de despedir a un trabajador, es fundamental tener en cuenta no solo los requisitos formales y de causa previstos por la ley, sino también una serie de cautelas adicionales que pueden evitar que el despido sea declarado nulo.

A continuación, te explicamos todo lo que debes considerar antes de realizar un despido y cómo evitar problemas legales posteriores.

  1. Los Requisitos del Despido: ¿Qué Debes Tener en Cuenta?

El proceso de despido debe cumplir con ciertos requisitos que varían dependiendo de si se trata de un despido disciplinario o objetivo. Entre los principales requisitos están:

  • Por escrito: El despido debe comunicarse formalmente al trabajador por escrito.
  • Causa clara: La causa del despido debe expresarse de manera clara y detallada.
  • Fecha de efectos: Es necesario indicar la fecha a partir de la cual el despido tendrá efecto.

Sin embargo, cumplir con estos requisitos legales no siempre es suficiente para evitar que el despido sea declarado nulo. Es esencial conocer cuándo se puede declarar la nulidad del despido, ya que existen causales específicas que, si se incumplen, pueden derivar en consecuencias más graves para la empresa.

  1. ¿Qué Es la Nulidad del Despido?

La nulidad del despido ocurre cuando se incumplen derechos fundamentales del trabajador o cuando se realizan despidos en situaciones protegidas por la ley.

En caso de nulidad, las consecuencias son las siguientes:

  • Readmisión del trabajador: La empresa deberá readmitir al empleado en su puesto de trabajo.
  • Salarios de tramitación: Además, la empresa deberá abonar al trabajador los salarios que dejó de percibir desde el despido hasta la fecha en que se dicta la sentencia que declara la nulidad.

Causas Legales de Nulidad

Existen causas expresamente tasadas que pueden llevar a la nulidad del despido. Algunas de las más comunes incluyen:

  • Embarazo o nacimiento de hijo.
  • Reducción de jornada por guarda legal.
  • Adaptación de la jornada (recientemente incluida entre las causas de nulidad).

Otra causa importante de nulidad es la vulneración de derechos fundamentales, como la discriminación (por género, raza, orientación sexual, etc.), siempre que se pueda acreditar que el despido fue motivado por alguna de estas razones.

  1. Diferencia entre Nulidad e Improcedencia del Despido

Es importante no confundir la nulidad del despido con su improcedencia:

  • Despido improcedente: Aunque no haya justificación suficiente para el despido, si no se da ninguna de las causas que llevarían a la nulidad, el despido se considera improcedente. En este caso, la empresa puede optar por readmitir al trabajador o pagarle una indemnización.
  • Despido nulo: En los casos de nulidad, la empresa debe readmitir al trabajador y, además, pagar una indemnización por daños morales si se trata de una vulneración de derechos fundamentales.

  1. Cómo Evitar la Nulidad del Despido: Medidas Preventivas

Aunque la empresa cumpla con todos los requisitos legales, existen ciertos blindajes que los trabajadores pueden emplear para protegerse de un despido injustificado, lo que podría dar lugar a una nulidad. Por ejemplo, el trabajador podría:

  • Solicitar una adaptación o reducción de jornada.
  • Presentar un preaviso de elecciones sindicales, postulándose como candidato.

En estos casos, la carga de la prueba se invierte, lo que significa que la empresa tendrá que demostrar que el despido no fue motivado por una discriminación o una de las causas protegidas por la ley.

Medidas que Puede Tomar la Empresa

Para protegerse, la empresa puede tomar las siguientes precauciones:

  1. Comunicar internamente la decisión de despido por correo electrónico. Esto permite acreditar que la decisión se tomó antes de que el trabajador tomara medidas para blindarse.
  2. Documentar todo por escrito. Asegúrese de dejar constancia documental de la decisión de despido, preferiblemente por correo electrónico, para que la fecha de la decisión quede registrada. Esto ayuda a demostrar que el despido no está vinculado a ninguna causa de nulidad.
  3. Evitar posibles fraudes. Si el trabajador ejerció un derecho (como solicitar una adaptación de jornada) justo antes de ser despedido, esto podría ser un indicio de que está actuando de mala fe. En este caso, la empresa debe intentar probar que el trabajador actuó en fraude de ley.

Conclusión: La Importancia de Prevenir la Nulidad del Despido

El despido es una de las decisiones más delicadas que puede tomar una empresa. Para evitar que este sea declarado nulo y que la empresa enfrente consecuencias económicas y legales graves, es crucial cumplir con los requisitos legales, pero también ser proactivo y tomar las medidas adecuadas para prevenir cualquier posible acusación de discriminación o vulneración de derechos. La documentación interna y la correcta comunicación son claves para blindar la empresa ante futuros problemas legales.

Incentivos fiscales para pymes y autónomos: no los dejes pasar en tu próxima declaración

A la hora de confeccionar la declaración de impuestos, tanto las pequeñas y medianas empresas como los autónomos pueden beneficiarse de importantes incentivos fiscales. No aprovecharlos puede suponer perder oportunidades de ahorro relevantes.

Empresas de reducida dimensión

Si desarrollas tu actividad a través de una sociedad (SA o SL) cuya facturación no supera los 10 millones de euros, puedes aplicar los incentivos fiscales diseñados para las empresas de reducida dimensión en el Impuesto sobre Sociedades. Entre los más destacados: 

  • Libertad de amortización: Puedes amortizar libremente las inversiones en activos nuevos si también aumentas tu plantilla. La cuantía amortizable libremente equivale a la que resulte de multiplicar el incremento de la plantilla media de trabajadores multiplicado por 120.000 euros.

  • Amortización acelerada: También puedes amortizar activos nuevos al doble del coeficiente máximo de las tablas oficiales. Si los activos se han adquirido mediante leasing, se podrán amortizar por el menor entre el principal del préstamo devuelto y el resultado de multiplicar por tres el coeficiente máximo de amortización.

  • Deterioro de clientes deducible: Se puede deducir fiscalmente el 1% del saldo de clientes a 31 de diciembre como deterioro de créditos. Si ya se aplicó esta deducción en 2023, en el IRPF de 2024 se podrá computar el 1% de la variación de ese saldo, que será gasto o ingreso en función de si el saldo ha aumentado o disminuido.

 

Incentivos también para autónomos

Los empresarios individuales que tributan por el IRPF en estimación directa también pueden beneficiarse de incentivos similares, siempre que su facturación no supere los 10 millones de euros. Sin embargo, existen algunas diferencias respecto a las sociedades:

  • Reserva de nivelación: Solo aplicable a las SA y SL de reducida dimensión. Permite reducir la base imponible anticipando posibles pérdidas futuras, pero no está disponible para autónomos. 
  • Deducción por reinversión de beneficios: Exclusiva para autónomos. Si reinviertes beneficios en activos nuevos afectos a tu actividad, puedes deducirte el 5% del importe reinvertido en tu cuota del IRPF. Este incentivo no es aplicable a sociedades.

 

Conclusión

Tanto si eres autónomo como si gestionas una sociedad, es importante conocer y aplicar correctamente los incentivos fiscales que pueden ayudarte a reducir tu carga tributaria. La planificación y la información son clave para aprovechar al máximo estos beneficios.

 

¿Tienes dudas sobre cómo aplicarlos en tu caso? Consulta con nuestros asesores fiscales para asegurar que estás aprovechando todas las oportunidades disponibles.

Amortización de Activos: ¿Sabes Cómo Aprovechar las Reglas Especiales?

Cuando se trata de la amortización de activos, muchas empresas no aprovechan al máximo las oportunidades que ofrece la normativa fiscal, lo que puede traducirse en ahorros significativos en el pago del Impuesto sobre Sociedades. Hoy te hablamos de algunas reglas especiales que te benefician, como la amortización acelerada para activos usados o los bienes utilizados durante más de ocho horas diarias. Si tienes activos de estas características, ¡no te olvides de las posibilidades de optimización!

  1. Amortización por Turnos: Utilización de Más de Ocho Horas Diarias

La fórmula para calcular la amortización por turnos no depende de la existencia formal de más de un turno de trabajo, sino de las horas efectivas de uso del activo. Esto significa que si un bien se utiliza más de ocho horas diarias, incluso si los turnos no son continuos durante todo el año, podrás aplicar una amortización más rápida.

Fórmula para el cálculo de la amortización por turnos:

  • Nuevo coeficiente máximo = Cm + [(CM - Cm) x (horas de utilización / 8)]
    • Cm: Coeficiente mínimo según tablas.
    • CM: Coeficiente máximo según tablas.
    • Horas de utilización: Las horas diarias efectivas de uso del activo.

Este ajuste te permite deducir más rápidamente los gastos de amortización, lo cual puede ser muy beneficioso para reducir la base imponible y, por lo tanto, el impuesto a pagar.

  1. Amortización de Bienes Usados: Dos Métodos para Optimizar los Cálculos

Si has adquirido activos de segunda mano, puedes optar por dos métodos de amortización: el de precio originario o el de precio de adquisición.

  • Amortización según el precio originario: Si puedes obtener la factura original del bien, puedes aplicar una amortización más rápida, multiplicando por 2 el coeficiente máximo según las tablas.
  • Amortización según el precio de adquisición: Si no puedes acceder a la factura original, se puede solicitar una tasación pericial para determinar el valor originario del bien y aplicar la amortización basada en este valor.

Si tu empresa es de pequeña dimensión (Pyme), debes tener en cuenta que no podrás aplicar el incentivo de amortización acelerada para activos usados, aunque la amortización especial aún te permitirá ahorrar.

  1. ¿Qué Pasa si No Has Aplicado la Amortización Acelerada Antes?

Si tu empresa adquirió activos usados en años anteriores y solo aplicó la amortización “normal”, ¡no te preocupes! Puedes cambiar la fórmula de amortización en el cierre de 2023, adaptándola a los métodos especiales que te mencionamos. La normativa permite ajustar los coeficientes de amortización de un año a otro, siempre dentro de los límites establecidos.

  1. Otras Opciones para una Amortización Más Rápida

Existen otros sistemas que permiten aplicar una amortización más alta, como la amortización degresiva (aplicable directamente en la contabilidad) o las amortizaciones especiales previstas para pymes, como la amortización doble o acelerada por la creación de empleo. Es recomendable analizar cada caso para maximizar el diferimiento del pago del Impuesto sobre Sociedades.

Conclusión: Optimiza la Amortización de tus Activos

La amortización acelerada es una herramienta clave para mejorar la liquidez de tu empresa. Si tienes activos que se utilizan más de ocho horas al día o adquiriste bienes usados, asegúrate de aplicar las reglas especiales de amortización que te ofrece la normativa fiscal. Esto te permitirá anticipar el gasto y reducir el impacto fiscal en tu negocio.

Si tienes dudas sobre cómo aplicar estas reglas, nuestros profesionales están aquí para asesorarte y ayudarte a aprovechar al máximo las alternativas fiscales disponibles.

¿Puede llamar a un empleado durante su baja médica? Protocolo para contactar con trabajadores en IT

Cuando un trabajador está de baja médica, su contrato queda suspendido y, por lo tanto, no está obligado a trabajar. Sin embargo, es posible que la empresa desee contactar con el empleado para interesarse por su salud, desearle una pronta recuperación y mantener un buen ambiente laboral. En este sentido, surge la pregunta: ¿Es legal que la empresa haga llamadas a un empleado durante su baja médica?

A continuación, le explicamos qué dicen los tribunales y qué debe tener en cuenta para evitar problemas legales.

  1. Llamadas Cordiales, Pero Sin Presión

Las llamadas realizadas a un empleado que se encuentra de baja deben ser cordiales y con un propósito meramente informativo, como preguntar cómo se encuentra y desearle una pronta recuperación. Sin embargo, es fundamental que la empresa no pregunte por el motivo de la baja, ya que esto podría vulnerar la intimidad del trabajador.

  1. ¿Qué pasa si el trabajador no responde o se siente incómodo?

Si un trabajador no atiende la primera llamada, o si expresa malestar por esta toma de contacto, no se debe insistir. El protocolo debe ser claro en este sentido: una sola llamada es suficiente, y no es necesario continuar el intento de contacto si el empleado no está dispuesto a recibirla.

  1. No se debe presionar sobre la duración de la baja

Preguntar sobre la duración aproximada de la baja puede interpretarse como una forma de presión, aunque la empresa lo haga por razones organizativas. Los tribunales consideran que este tipo de preguntas pueden coaccionar al trabajador y afectar sus derechos. Por lo tanto, lo más recomendable es dejar que el control de la baja esté en manos de los médicos y la mutua, quienes son los encargados de gestionar la situación.

  1. La importancia de no vulnerar derechos fundamentales

Es crucial que las llamadas no tengan el objetivo de coaccionar al empleado para que se reincorpore a su puesto de trabajo antes de tiempo ni de reprocharle los motivos de la baja. Si esto ocurriera, el trabajador podría reclamar una indemnización por vulneración de sus derechos fundamentales.

  1. ¿Y qué pasa con la desconexión digital?

Es importante tener en cuenta que los trabajadores tienen derecho a la desconexión digital. Esto significa que, fuera de su jornada laboral, no tienen la obligación de responder a comunicaciones de la empresa a través de medios como correos electrónicos, WhatsApp, o llamadas telefónicas.

Sin embargo, una llamada telefónica durante la baja médica para interesarse por su estado de salud no infringe este derecho, siempre y cuando no se convierta en una presión constante. El trabajador no está obligado a estar disponible para recibir mensajes, correos electrónicos u otros tipos de comunicación digital relacionadas con el trabajo.

  1. Protocolo válido: ¿cómo establecerlo correctamente?

Si en su empresa hay varios trabajadores en situación de IT (Incapacidad Temporal), y decide implementar un protocolo para contactar con ellos, tenga en cuenta las siguientes pautas para que este protocolo sea válido:

  • Las llamadas deben ser cordiales y centradas únicamente en el estado de salud del trabajador.
  • No se debe preguntar por el motivo de la baja ni presionar al trabajador para que regrese antes de tiempo.
  • Si el trabajador no responde a la primera llamada, o si muestra incomodidad, no se debe insistir.
  • Evite preguntar sobre la duración de la baja, ya que esto puede ser interpretado como una forma de presión.

Conclusión

Es posible establecer un protocolo para llamar a los empleados durante su baja médica, pero debe hacerse con tacto y respeto, garantizando que no se les coaccione ni se vulneren sus derechos. La clave está en la cordialidad y en mantener una comunicación que no interfiera en la intimidad del trabajador ni en su derecho a la desconexión digital.

Si tiene alguna duda sobre cómo gestionar las bajas médicas o los protocolos de contacto, nuestros profesionales están disponibles para asesorarle sobre los aspectos legales y la salvaguarda de los derechos fundamentales de sus empleados.

Modelos 720 y 721 de 2024: ¿Qué Debes Saber para Cumplir con las Obligaciones Fiscales?

Si eres residente en España y tienes bienes en el extranjero, es importante que conozcas los modelos 720 y 721, ya que son declaraciones informativas que debes presentar ante la Agencia Tributaria.

A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre estos modelos y cómo cumplir con las obligaciones fiscales correspondientes.

Modelo 720: Declaración sobre Bienes y Derechos Situados en el Extranjero (2024)

El modelo 720 es una declaración obligatoria para aquellos contribuyentes que, a 31 de diciembre de 2024, posean bienes o derechos en el extranjero cuyo valor conjunto supere los 50.000 euros.

¿Quién debe presentarlo? Están obligadas a presentarlo las personas que tengan:

  • Cuentas bancarias (por ejemplo, un depósito).
  • Valores (acciones, fondos de inversión, etc.).
  • Inmuebles en el extranjero.

Excepciones para contribuyentes que ya presentaron el modelo 720:
Si ya presentaste el modelo 720 en años anteriores, no es necesario que lo vuelvas a hacer, a menos que:

  • El valor de alguno de los grupos de bienes (cuentas, valores o inmuebles) haya aumentado en más de 20.000 euros.
  • Ya no seas titular o autorizado de alguno de los bienes previamente declarados.

Tipos de bienes a declarar en el modelo 720:

  1. Bienes inmuebles: Se deben detallar la identificación, localización, fecha de adquisición y valor de adquisición.
  2. Cuentas en entidades financieras: Incluir la denominación de la entidad bancaria, identificación de las cuentas, saldo a 31 de diciembre, entre otros datos.
  3. Valores, derechos, seguros y rentas: Deben informarse sobre valores, seguros y derechos gestionados u obtenidos en el extranjero.

Si realizas operaciones con entidades extranjeras que impliquen la tenencia de estos bienes o criptomonedas, también debes declarar esas operaciones mediante el Modelo 232.

Plazo de presentación del modelo 720: El plazo de presentación para la declaración correspondiente al ejercicio 2024 es del 1 de enero al 31 de marzo de 2025. Si por razones técnicas no pudieras presentarlo en este plazo, tienes un plazo adicional de 4 días naturales tras el cierre del mismo.

 

Modelo 721: Declaración sobre Monedas Virtuales Situadas en el Extranjero

A partir del ejercicio 2023, los residentes en España deben presentar el modelo 721 para informar sobre la tenencia de criptomonedas en el extranjero.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 721?

  • Personas físicas y jurídicas residentes en España.
  • Establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades no residentes.
  • Entidades sin personalidad jurídica como herencias o comunidades de bienes.

¿Quién está exento?

  • Entidades exentas del Impuesto sobre Sociedades.
  • Aquellas entidades cuya contabilidad registre las criptomonedas de forma individualizada.
  • Titulares de criptomonedas cuyo saldo a 31 de diciembre no supere los 50.000 euros.
  • Aquellos que hayan presentado el modelo 721 en ejercicios anteriores, siempre que no haya un aumento superior a 20.000 euros en el saldo.

Información a incluir en el modelo 721:

  • Identificación de la entidad encargada de salvaguardar las claves criptográficas privadas.
  • Detalles de cada tipo de moneda virtual: identificación completa, saldos a 31 de diciembre, valoración en euros, entre otros.

Plazo de presentación y sanciones: El plazo de presentación del modelo 721 es del 1 de enero al 31 de marzo de 2025 para el ejercicio 2024. Las sanciones por no presentar el modelo 721 a tiempo son similares a las del modelo 720, con multas de 20 euros por cada dato o conjunto de datos no presentado, con un mínimo de 300 euros. Además, las sanciones por datos incompletos o incorrectos también pueden aplicarse.

 

Conclusión: Cumple con las Obligaciones Fiscales a Tiempo

La presentación de los modelos 720 y 721 es fundamental para evitar sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Si tienes bienes o criptomonedas en el extranjero, asegúrate de cumplir con estos plazos y de proporcionar la información correcta para evitar sorpresas desagradables. Recuerda que el plazo de presentación es hasta el 31 de marzo de 2025 para los ejercicios correspondientes a 2024.

Si tienes dudas sobre cómo presentar estos modelos o sobre tu situación fiscal, no dudes en consultarnos.

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