Viernes 29 Marzo 2024

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Canal de denuncias

Las empresas con 50 o más trabajadores deberán implantar un canal de denuncias.

Aquellas empresas de 250 empleados o más deben tener un canal de denuncias y, a partir del 17 de diciembre de 2023, aquellas empresas de 50 o más trabajadores también estarán en la obligación de implantarlo. 

El protocolo de denuncias ha de consentir y facilitar la denuncia de irregularidades por parte de los trabajadores de la entidad. De esta manera, si se impone alguna sanción a quien ejerza ese derecho, ese acto representará una vulneración de sus derechos fundamentales. 

En dicho protocolo se deberá incluir:

  • Los canales para recibir denuncias garantizando la confidencialidad del informante. Se debe prohibir el acceso al personal que no esté autorizado.
  • El nombramiento de la persona o del servicio competente para poder realizar el trámite correspondiente a la denuncia.
  • Información de fácil acceso y clara sobre los procedimientos que se deberán seguir.

Nuestros profesionales le informarán sobre esta nueva obligación que deben cumplir las empresas.

Periodificación de gastos

Es importante computar los gastos en el ejercicio correcto.

Los gastos se han de computar en el ejercicio en el que se devengan, al margen del momento en el que se paguen. Por consiguiente, es relevante que al finalizar las cuentas de su empresa no pase por alto los ajustes contables que se deban llevar a cabo para cumplir dicho principio. 

  • Puede darse la situación de que en el ejercicio que se acaba se hayan contabilizado gastos que se tengan que imputar totalmente o de manera parcial al ejercicio siguiente.
  • Es posible que suceda lo opuesto: Es posible que existan gastos ya devengados con pago exigible el siguiente año, hecho que provoca que no consten en la contabilidad. 

En Afirma Gestión nuestros profesionales contribuirán a cerrar las cuentas del ejercicio para que estas logren reflejar la imagen fiel de su empresa.

Régimen de módulos para 2022

Régimen de módulos para 2022.

En el caso de que usted este tributando en el régimen de módulos, ha de saber que, de la misma manera que en 2021, en 2022 también tendrá la opción de disminuir el rendimiento neto de la actividad a declarar en su IRPF en un 5%.

Nuestros profesionales estarán encantados de ayudarle a examinar si realmente le interesa tributar por este régimen. Asimismo, en el caso de que no le interese, puede renunciar presentando:

  • Modelo 3030. Declaración del IVA del primer trimestre de 2022 en régimen general.
  • Modelo 130. Pago a cuenta del IRPF en estimación directa.

Por último, debe saber que a efectos de aplicación de este régimen, se preservan los limites establecidos  de ventas y compras existentes para 2021:

  • Ventas totales (año anterior): 250.000 euros.
  • Ventas a empresarios (año anterior): 125.000 euros.
  • Compras año anterior (no inmovilizados): 250.000 euros.

Deducción de vivienda tras divorcio

La deducción de vivienda tras divorcio es del 100% en el caso de que uno de los cónyuges soporte el desembolso de la cuota hipotecaria en su totalidad.

Si se da el caso de que un matrimonio se divorcia o se separa y es poseedor de un hogar adquirido con anterioridad al 2013, debe saber que el cónyuge que renuncia al hogar familiar podrá seguir beneficiándose de la desgravación por compra del hogar habitual por las cuotas que prosigan satisfaciendo por parte suya del préstamo. Sin embargo, a tal efecto, es necesario que el inmueble represente el hogar usual de sus hijos y su ex cónyuge.

Sin embargo, si la orden del tribunal define que dicho cónyuge debe hacerse responsable de todo el préstamo,  este tendrá facultad para llevar a cabo la desgravación respecto todas las cuotas que hayan sido satisfechas, aún siendo únicamente propietario del 50%. De igual manera ocurre si quien soporta la totalidad de la hipoteca del hogar conyugal es el cónyuge que permanece viviendo en esta junto con los hijos, aun siendo únicamente propietario de la mitad del inmueble.

Recuerde: El cónyuge que desembolsa la totalidad de la cuota hipotecaria está autorizado a llevar a cabo la desgravación sobre el conjunto de la suma abonada, pese a que solamente sea titular de la mitad del hogar. Cabe recalcar que la base máxima de desgravación anual es de 9.040 euros.

No dude en contactar con Afirma Gestión, su asesoría de confianza en Sabadell, para cualquier consulta que se le pueda plantear en el ámbito fiscal.

Ayudas para emprendedores

Las guías dinámicas brindan una gran ayuda para los emprendedores.

Para poder localizar información respecto los incentivos y ayudas para la creación de empresas que confiere la Unión Europea, las administraciones locales y autonómicas, el Estado y otros organismos públicos, la Dirección General de la Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa ha elaborado una guía dinámica en la que se presentan aquellas ayudas con plazo abierto de convocatoria

Aspectos a tener en cuenta respecto a la guía:

  • Se actualiza cada día.
  • Tiene un carácter estrictamente informativo. Consecuentemente, es oportuno que con anterioridad a la realización de cualquier trámite se comprueben los datos con el pertinente boletín oficial que facilita la guía.
  • Se organiza por sectores productivos y comunidades autónomas

Para encontrar las guías dinámicas es necesario acceder a la página web www.plataformapyme.es, pulsar Menú, y a continuación Ayudas públicas.

En Afirma Gestión, su asesoría de confianza, le asesoraremos sobre la tramitación para conseguir las ayudas y subvenciones que le correspondan y sobre cómo se deberá legitimar el destino de los fondos.

Financiación alternativa

Entra en vigor la normativa europea sobre  ‘crowdfunding’ (o financiación participativa).

El crowdfunding es una red de financiación colectiva que se utiliza para conectar empresas que necesitan financiación con inversores interesados en financiarlas ya sea mediante el otorgamiento de un préstamo o la compra de participaciones o acciones.

El proceso que se sigue es el siguiente:

  • La empresa presenta su propuesta a una plataforma de financiación que la investiga y determina su divulgación y promoción por un tiempo concreto, consiguiendo así que los potenciales inversores proporcionen fondos. Asimismo, si en el período de tiempo establecido no se recauda la cifra prevista, la plataforma reembolsa las aportaciones a los inversores.

Aspectos sobre el crowdfunding:

  • Brinda a los promotores más posibilidades (financiación vía adquisición de valores o vía préstamos)
  • Al suprimirse las comisiones de apertura y las comisiones por no disposición o por cancelación anticipada que normalmente aplica la banca, la financiación colectiva puede convertirse en más económico que la financiación bancaria.
  • Es ágil, seguro y sin la burocracia de la financiación bancaria.

Calendario de fiestas laborales 2022

El calendario de fiestas laborales de 2022 ha sido publicado.

La ley fija 14 días al año como períodos de descanso retribuidos y no recuperables. Dicho calendario recopila los doce festivos repartidos por comunidades autónomas más dos festivos locales fijados por cada municipio que se dan a conocer en el boletín oficial de la pertinente provincia o comunidad autónoma.

De cualquier modo, se han de respetar las fiestas nacionales:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 1 de mayo: Fiesta del Trabajo.
  • 12 de octubre: Fiesta Nacional de España
  • 25 de diciembre: Natividad del Señor.

Asimismo, conjuntamente a estas fiestas se han de determinar los festivos nacionales no sustituibles que han de respetar las comunidades autónomas, siendo para el año 2022:

  • 15 de abril: Viernes Santo.
  • 15 de agosto: Asunción de la Virgen.
  • 1 de noviembre: Todos los Santos.
  • 6 de diciembre: día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre: Inmaculada Concepción.

En referencia al 6 de enero (Epifanía del Señor), es una fiesta nacional sustituible. Sin embargo, las comunidades autónomas no han ejercicio la facultad de sustitución. 

Las comunidades autónomas pueden reubicar al lunes los festivos que se den en domingo y también pueden fijar tres festivos, ya sea por tradición o bien teniendo en cuenta festivos nacionales sustituibles.

Período de prueba. Interrupción

El cómputo de periodo de prueba puede ser interrumpido si se pacta explícitamente.

En el transcurso del periodo de prueba el contrato se puede finalizar sin necesidad de aducir causa alguna, tanto por la empresa como por el trabajador. Por lo tanto, no es necesario ni preaviso ni indemnización.

Por regla general:

  • En el caso de técnicos titulados, la duración no deberá superar los seis meses. En cambio, para los trabajadores restantes no podrá superar los dos meses.
  • Para aquellas empresas que dispongan de menos de 25 trabajadores, no podrán superar los tres meses para aquellos trabajadores que no sean técnicos titulados.
  • Para contratos de interinidad, por obra o servicio o eventuales de duración no superior a seis meses el período de prueba será de un mes.

El recuento del período de prueba no se interrumpe por ningún de los siguientes motivos a menos que se haya acordado explícitamente:

  • Riesgo a lo largo del embarazo.
  • Riesgo en el transcurso de la lactancia.
  • Incapacidad temporal.
  • Nacimiento.
  • Adopción.
  • Guarda con fines de adopción.
  • Acogimiento.
  • Violencia de género.

Consecuentemente, para prevenir que el plazo no haya pasado en el momento de la reincorporación es pertinente fijar dicha interrupción.

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