Martes 12 Noviembre 2024

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Los créditos y deudas en el IP hay que incluirlos en la declaración

Hay que tener presente que están obligados a remitir la declaración del Impuesto sobre el Patrimonio los contribuyentes que se atengan a alguna de estas situaciones:

  • Si, después de cuantificar la cuota de dicho impuesto, resulta una cuantía a ingresar.
  • Si, ni siquiera teniendo cuota que saldar, el valor de sus bienes y derechos (incluyendo los bienes exentos y sin descontar deudas, cargas o gravámenes) sea más alto a dos millones de euros.

Consecuentemente, si es este su caso, debe recordar que entre los bienes a declarar también se han de incorporar los créditos o deudas que usted tuviese a 31 de diciembre de 2021. De conformidad con esto:

  • Los créditos son un mayor valor de su patrimonio. 
  • Como deudas, puede computar las deudas bancarias, los préstamos recibidos de familiares o las derivadas de impuestos (cuota a ingresar del IRPF, liquidaciones de Hacienda, etc.).

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