Miércoles 30 Abril 2025

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Desde 2023, la cotización de los autónomos se basa en los rendimientos reales obtenidos y cada autónomo debe elegir una base de cotización provisional, que se ajustará posteriormente.

Cotización según Rendimientos Reales

La nueva normativa establece:

  • Los autónomos deben elegir una base de cotización provisional, la cual se ajustará posteriormente a los rendimientos reales obtenidos a lo largo del año
  • Este ajuste permite que los autónomos adapten sus contribuciones a la realidad económica de su empresa, seleccionando una base dentro de los límites establecidos.

Modificación de la Base de Cotización

Los autónomos pueden modificar su base de cotización hasta seis veces al año, eligiendo una base dentro de los límites mínimo y máximo aplicables.

Las fechas de efecto para estas modificaciones son:

*1 de marzo (si se solicita entre el 1 de enero y el último día de febrero)

*1 de mayo (si se solicita entre el 1 de marzo y el 30 de abril)

*1 de julio (si se solicita entre el 1 de mayo y el 30 de junio)

*1 de septiembre (si se solicita entre el 1 de julio y el 31 de agosto)

*1 de noviembre (si se solicita entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre)

*1 de enero del año siguiente (si se solicita entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre)

 

Rectificación de Errores

Si un autónomo o su asesor cometen un error al comunicar datos de cotización, tienen la posibilidad de cambiar la base de cotización en cualquiera de las seis ventanas mencionadas durante el año, incluso con efectos retroactivos.

Esto se puede hacer a través de:

Solicitud de Recurso de alzada contra la resolución de reconocimiento de alta

- Solicitud a través del servicio de atención CASIA (Coordinación, Atención y Soporte Integral al Autorizado Red)

 

El proceso de rectificación puede permitir que el autónomo ajuste su base de cotización desde el primer día de su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), como se ha demostrado en casos previos donde los tribunales han reconocido el derecho a rectificar errores subsanables.

A tener en cuenta

La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) puede revisar omisiones o inexactitudes tanto de oficio como a petición del interesado.

 

Si tiene dudas o necesita más información sobre este proceso, nuestros profesionales especializados en el régimen de cotización de autónomos pueden ofrecer la asistencia necesaria.

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