Domingo 8 Diciembre 2024

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Se prorroga la suspensión de la causa de disolución.

Una sociedad se encuentra en causa de disolución cuando padece pérdidas que reducen su patrimonio neto por debajo de la mitad del capital social. En ese caso, los administradores deben tomar medidas y convocar a los socios para que regularicen la situación, ya sea proporcionado fondos, reclamando concurso o fijando la disolución y liquidación de la empresa.

Sin embargo, para impedir que las pérdidas resultantes del COVID-19 pudieran dejar a muchas empresas en situación irregular, se aprobó una norma que dejaba en suspenso dicha causa de disolución y fijaba que las pérdidas del ejercicio 2020 no se debían tener en consideración a estos efectos. 

Dicha medida se ha prolongado para el año 2021, de esta manera las pérdidas de este año tampoco se deberán tomar en cuenta a los efectos de precisar la concurrencia de la causa de disolución.

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