Para vacaciones, contrato eventual
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- Categoría: Laboral
- Publicado: Miércoles, 13 Octubre 2021 11:09
¿Qué contrato es el más adecuado para cubrir las vacaciones de su plantilla?
Si la mayoría de sus trabajadores va a hacer vacaciones próximamente y usted necesita cubrir esas ausencias con nuevos empleados –por ejemplo, porque durante las vacaciones la actividad habitual no se reduce de forma sustancial–, formalice dichas contrataciones mediante un contrato eventual por circunstancias de la producción. Éste es el contrato más adecuado debido a la desproporción que habrá entre el trabajo a realizar y el personal del que dispondrá.
Además, dado que el período de vacaciones no supone una suspensión del contrato sino una interrupción de la prestación de servicios, procede formalizar dicho contrato y no el de interinidad (el contrato de interinidad sirve para cubrir la ausencia de un trabajador con reserva de puesto de trabajo, como en caso de IT o de baja por maternidad o paternidad, pero no es adecuado para la sustitución de trabajadores durante las vacaciones). Por tanto:
- Cuando prepare el contrato, indique que la causa de la temporalidad es la de cubrir los períodos de vacaciones del personal fijo, y especifique con exactitud qué períodos se van a cubrir y cuáles van a ser los trabajadores sustituidos (no es válido que indique de forma genérica que el contrato sirve para “sustituir a empleados en vacaciones”).
- Asegúrese de que la duración del contrato sea la misma que la duración de las vacaciones de los sustituidos.
Si no cumple con ambos requisitos, los sustitutos alegarán que el contrato es fraudulento y, a su término, le demandarán por despido improcedente.
Si en lugar de para cubrir las vacaciones su empresa necesita contratar personal porque tiene un aumento de pedidos o una acumulación de tareas inesperados, también deberá firmar un contrato eventual (igual que haría en otras épocas del año). Y si en lugar de un aumento de pedidos debe realizar una obra o un servicio determinado, deberá formalizar un contrato de obra.
Si va a contratar trabajadores, nuestro departamento laboral le indicará el tipo de contrato más adecuado según sus necesidades concretas.